ABUSO SEXUAL DE UN INCAPAZ: ¿EL CONSENTIMIENTO ES RELEVATE? Nos ha llamado la atención la sentencia que citamos al final de este breve comentario. En ella se examina un caso en el que una persona incapaz tiene relaciones sexuales con otra (que no es incapaz). El problema se plantea porque las personas con discapacidad pueden ser más vulnerables por las maniobras engañosas de quienes deseen tener relaciones sexuales con ellas. Durante el procedimiento de instrucción de la causa lo decisivo fue la prueba del alcance de la voluntad de la persona declarada incapaz. Las pruebas periciales y el examen de la persona evidenció que efectivamente podía consentir para mantener relaciones sexuales y ello fue lo que sucedió. Sentencia absolutoria. STS nº596/2022 Penal 15/06/2022
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