LA TÉCNICA Y LOS PRINCIPIOS DE INMEDIACIÓN y CONTRADICCIÓN. REPRODUCCIÓN AUDIOVISUAL. TESTIGO.

LA TÉCNICA Y LOS PRINCIPIOS DE INMEDIACIÓN y CONTRADICCIÓN. REPRODUCCIÓN AUDIOVISUAL. TESTIGO. Se examina si la reproducción audiovisual en el juicio, de la declaración prestada por la testigo en fase de instrucción, ante la repetida imposibilidad de practicar la prueba en el plenario. En este caso, la negativa había provocado que el juicio se suspendiera en tres ocasiones. El TS considera que esta decisión se encuentra justificada, y que no se vulnera el principio de contradicción, pues la defensa intervino en la declaración prestada en instrucción. No obstante, la cuestión no es tan sencilla. Pues, si en el proceso penal la prueba en la que ha de basarse el fallo ha de practicarse en el plenario, es evidente que, en el acto del juicio, pueden aparecer cuestiones que en la instrucción no aparecieron y que, muy bien, podrían afectar al interrogatorio del testigo. De la misma forma, el derecho a que sea un Juez el que juzgue y otro el que instruya tiene como consecuencia que el Juez que juzga es el que tiene que formarse su opinión sobre la prueba y, por lo tanto, parece imprescindible que ésta se desarrolle en su presencia. En este sentido, la sentencia sí que dice que se resiente el principio de inmediación. No obstante, estamos ante un caso en el que el principio de economía procesal y de eficiencia relativiza los derechos en los que descansa el proceso penal. La sentencia, por ello, dice que es necesario ponderar las circunstancias del caso y los intereses en conflicto. En todo caso, los nuevos medios técnicos están provocando una configuración nueva del proceso bajo el principio de eficiencia y economía. Se requeriría un estudio más detallado de cómo se están relativizando los derechos fundamentales de carácter procesal por el efecto de las nuevas tecnologías.  STS nº253/2022 Penal 17/03/2022.

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