ABANDONO DE FAMILIA POR IMPAGO DE PENSIONES. El Tribunal Supremo resuelve que el pago de las cuantías adeudadas no es propiamente responsabilidad civil derivada del delito, sino presupuesto de la conducta delictiva, aunque, reconoce que puede ejercitarse la acción civil dentro del proceso penal para cobrar esas cantidades. STS nº323/2022 Penal 30/03/2022.
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